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Hacia la descentralización del COIT
Editorial Hacia la descentralización del COIT -------------------------------------------------------------------------------- En el programa electoral presentado en su día por las actuales Juntas se asumía el compromiso de continuar el proceso de descentralización administrativa de la actividad colegial sobre la base de dos conceptos fundamentales: el respeto a los deseos mayoritariamente expresados por los compañeros y la creación de estructuras que garantizasen, de un modo democrático, el cumplimiento de los fines perseguidos. En consecuencia, tras la toma de posesión, se llevó a la práctica este compromiso desarrollando una línea de actuación dirigida a modificar la estructura territorial del Colegio. La Comisión para el Estudio de la Descentralización Autonómica del COIT ya ha abordado las modificaciones estatutarias requeridas para ello y ha redactado y presentado a la Junta de Gobierno el nuevo texto para su discusión. Las opciones o posibles modelos de configuración del Colegio que han sido objeto de análisis previo son tres, a saber: el que establece el marco estatutario actual, si bien desarrollando la figura de las Delegaciones territoriales aunque seguirían siendo meras representaciones de la Junta de Gobierno; el conocido como modelo Demarcaciones, o "Modelo Caminos" por ser el establecido en esta ingeniería, que también es propio de otras profesiones colegiadas cuyo objeto y dimensión son similares a los de la nuestra; y el modelo de colegios independientes, característico de profesiones con gran implantación, que requiere obligatoriamente la creación del Consejo General de Colegios. La Comisión, en sintonía con la decisión que ya fue adoptada durante el mandato de la anterior Junta de Gobierno, consideró mas adecuado para nuestro Colegio tomar como referencia el modelo Demarcaciones, con las adaptaciones pertinentes a nuestro caso, por las razones que a continuación se exponen. Por una parte se han considerado las desventajas que se desprenden de los otros dos modelos: el actual se presenta como claramente insuficiente para una buena parte de nuestros compañeros; y la creación de colegios independientes y un Consejo General creemos que es algo que, al margen de otras consideraciones, requiere una mayor y más uniforme implantación territorial. Por otra parte, el modelo Demarcaciones, por sí mismo, parece mas adecuado a la realidad actual y a las perspectivas que a corto y medio plazo tiene nuestro Colegio. Pero han sido dos presupuestos los que han conformado fundamentalmente la decisión adoptada. El encuadre constitucional de las telecomunicaciones, recogido en el artículo 149.1.21ª de nuestra Carta Magna, lleva a la conveniencia de un Colegio con personalidad jurídica única capaz de ser el interlocutor y representante indiscutible de la profesión ante la Administración central a través de unos Órganos de Gobierno que seguirán siendo elegidos, como hasta ahora, por sufragio universal de todos los ingenieros de telecomunicación colegiados de España. Y la configuración autonómica española que crea la necesidad de disponer, en algunas comunidades, de una representación de sus ingenieros de telecomunicación, en forma de Corporación de Derecho público, con legitimidad proveniente no sólo de una delegación expresa de la Junta de Gobierno sino de elecciones propias que provean sus Órganos de Gobierno autonómicos; todo ello en el marco de sus propios Reglamentos particulares, articulados en el seno del Reglamento General y de los Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación, y con unas competencias adaptadas, en cada caso, a las transferencias que la comunidad autónoma vaya asumiendo dentro del ordenamiento jurídico establecido. Los Estatutos propuestos garantizan, sin embargo, que aquellas otras comunidades cuyos colegiados no consideren necesario la creación de su propia Demarcación o no cumplan los requisitos mínimos que reglamentariamente se establezcan para ello, no se verán afectadas por la implantación del nuevo modelo, manteniendo su actividad colegial exactamente en los mismos términos actuales. El resto de las novedades que aporta el texto constituyen la adecuación a esta nueva estructura territorial del mismo espíritu colegial que anima los vigentes Estatutos, aunque conviene siquiera citar la incorporación de un nuevo órgano colegial: el Consejo de Colegio que, entre otras, tendrá funciones deontológicas y moderadoras e incorporará en su seno a colegiados de reconocido prestigio profesional; y añadir también que se ha tenido buen cuidado de recoger en el articulado los principios que conforman el marco jurídico aplicable en esta materia como son los establecidos en la propia Constitución española, la Ley de Colegios Profesionales, la Ley de Defensa de la Competencia, la Ley de Competencia Desleal, y, en fin, la reciente Ley de Liberalización de Colegios Profesionales. A partir de ahora sólo nos resta someter el texto a información pública de nuestros colegiados y, si así lo consideran, debatir las posibles aportaciones y proceder a su aprobación en la preceptiva Junta General extraordinaria que será convocada al efecto. Obtenida la aprobación, se iniciarían las acciones que en Derecho administrativo procedan hasta la aprobación por el Gobierno de los nuevos Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación y su publicación subsiguiente en el Boletín Oficial del Estado. Y manifestar, por último, nuestro deseo de que el nuevo marco estatutario pueda ser una herramienta idónea para que la profesión de Ingeniero de Telecomunicación se integre con la mayor eficacia en la configuración autonómica del Estado español y asuma, en cada comunidad, los retos que la denominada Sociedad de la Información le lanza y el protagonismo que la sociedad española, pensamos, le demanda.
30 oct 2015