Page 52 - Revista BIT nº 210 - Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación
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En el puesto de trabajo
LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN ENTORNOS ELECTROMAGNÉTICOS
debiendo emplearse un equipamien- to especí co y adecuado para cada caso.
También conviene reseñar el he- cho de que el uso y con guración de los equipos que se requieren, nada o poco tiene que ver con los empleados para la realización de mediciones me- nos complejas como las que se reali- zan en el ámbito de la seguridad en el trabajo para el caso de la iluminancia, que registraríamos con un simple lu- xómetro.
Por lo tanto, resulta evidente que la realización de estas comprobacio- nes empíricas debiese ampararse bajo el criterio de evaluación de un Inge- niero de Telecomunicación / Ingenie- ro Técnico de Telecomunicación, del mismo modo que ocurre en el caso del RD1066/2001, de hecho, en lo que respecta a trabajadores especial- mente sensibles, el cumplimiento de los valores de referencia planteados en el ámbito del RD1066/2001 ga- rantizaría un nivel de protección ade- cuado para el cumplimiento del RD 299/2016, por lo que de una forma implícita estamos otorgándole éste papel al Ingeniero de Telecomunica- ción / Ingeniero Técnico de Teleco- municación.
Cuarto Elemento,
los trabajadores especialmente sensibles
El Real Decreto 299 hace una es- pecial mención a aquellos trabajado- res, que pueden considerarse espe- cialmente sensibles, en particular, en relación con las trabajadoras emba- razadas cuyo estado gestacional sea conocido por el empresario, o los tra- bajadores que hayan declarado que llevan dispositivos médicos implanta- dos activos o pasivos, como marcapa- sos cardíacos, o bombas de insulina, que puede generar duda a la hora de de nir los niveles a considerar.
Para evitar la eventual exposición a campos que pudieran ser perjudi- ciales para personas “especialmen- te sensibles” o que, simplemente, superen los niveles para el público en general, en muchas ocasiones se aplica un criterio de prudencia supe- rior, considerando los niveles del RD 1066/2001.
Conclusiones
El RD 299/2016 y la creciente preocupación en materia de Seguri- dad Laboral abre un marco óptimo para la participación en los procesos
de evaluación y medida de CEM en el entorno laboral. Aunque la compe- tencia para la realización de la eva- luación es de los técnicos superiores de PRL, a menudo concluyen que, aunque tienen conocimientos de Se- guridad en el Trabajo, Higiene Indus- trial y Ergonomía, no se encuentran capacitados, o no desean cargar con esa responsabilidad, o no tienen los medios técnicos, para llevar a cabo la evaluación, por lo que recurren a técnicos cuali cados en materia de CEM.
Los Ingenieros de Telecomunica- ción disponemos de una formación que nos posiciona como uno de los agentes más solventes para la evalua- ción y medida de la exposición labo- ral a campos electromagnéticos.
Respecto a los retos que hay que superar debemos mencionar: La di-  cultad, por parte de empresarios y técnicos de PRL, para la identi ca- ción de fuentes con posibles niveles de CEM que requieran protección; la exigencia de que las evaluaciones deben ser realizadas por técnicos de PRL acreditados en lugar de citar sim- plemente a “técnicos cuali cados” como indica la Guía Europea; el coste del equipamiento para la realización de mediciones tanto en compra como en mantenimiento y calibración; las complicadas restricciones de acceso a los centros de trabajo para la reali- zación de mediciones, que comporta la coordinación de Actividades Em- presariales, incluyendo la acredita- ción de cursos de PRL relacionados con las actividades que se realizan en la planta de trabajo.
En todo caso, esperamos que los problemas expuestos sean resueltos por el INSST a la hora de redactar la Guía Española. El COIT se pone a disposición de la administración con el apoyo del Comité Cientí co Asesor en Radiofrecuencias y Salud (CCARS) en la elaboración de la citada guía.


































































































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