Page 36 - Revista BIT nº 211 - Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación
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CUANDO EL INGENIERO DE TELECOMUNICACIÓN TIENE PROBLEMAS PARA ACCEDER A LA FUNCIÓN PÚBLICA
No siempre sale bien
Pero, lamentablemente, esta co- laboración de los colegios profesio- nales no siempre ha tenido resulta- dos satisfactorios. Un claro ejemplo es la redacción actual del artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Pú- blico en el que se determina que los títulos de grado (equivalentes a efec- tos profesionales a los ingenieros técnicos de las diferentes ramas de Ingeniería) son los que con carácter general capacitan para acceder a los puestos técnicos de más alta exigen- cia en la administración.
Ya alertamos en su día de que la redacción de este artículo era un gra- ve error. Con el paso del tiempo, las propias administraciones públicas se van percatando de que son víctimas directas de la propia regulación ad-
ministrativa, cuando se ven imposi- bilitadas para decidir libremente que quieren incorporar ingenieros en sus plantillas.
Así, se han producido casos en los que una administración pública ha convocado la provisión de varias plazas de ingeniero para las que se requería, lógicamente, estar en po- sesión del título que habilita para el acceso a dicha profesión. Sin embar- go, a la convocatoria se había pre- sentado algún candidato en posesión de un título habilitante para el ejer- cicio de la profesión de ingeniero técnico, no previsto en las bases de la convocatoria. La administración inicialmente les excluyó por falta de título habilitante.
Pero estos recurrieron argumen- tando que, conforme al artículo 76
del Estatuto Básico del Empleado Público, su título sí les habilitaba a presentarse y  nalmente el Tribunal Supremo les dio la razón, haciendo una interpretación estrictamente lite- ral de la norma.
Conclusión: Una administración pública considera que necesita un ingeniero para el desarrollo de una serie de funciones y termina dispo- niendo de un ingeniero técnico por una sentencia de un tribunal.
Desde el COIT continuaremos trabajando para revertir esta situa- ción y para que determinados pues- tos de trabajo de alta responsabili- dad técnica en las administraciones públicas puedan ser ocupados por quienes ostentan las competencias plenas en cada rama de la Ingenie- ría, es decir, por los Ingenieros.
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2019 |  211


































































































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