RENTA 2018: DESGRÁVATE LA CUOTA COLEGIAL

Recuerda que por ser colegiado podrás desgravarte la cuota colegial.

Con carácter general, las cuotas pagadas por los Ingenieros de Telecomunicación al COIT tienen la consideración de deducibles en la declaración del IRPF. Es decir, que si los colegiados trabajan por cuenta propia o ajena en calidad de Ingeniero de Telecomunicación, sí podrán deducirse del IRPF la cuota de colegiación pagada al COIT.

En el supuesto de que sólo estés asociado a la AEIT no te la podrás desgravar, pero puedes pasar a formar parte del Colegio aquí con la cuota que ya pagas, sin ningún coste extra.

Para más información sobre la deducción de la cuota:

  • Informe sobre deducción de la cuota colegial en la declaración de IRPF (excepto Territorios Forales)
  • Informe sobre deducción de la cuota colegial en la declaración de IRPF en Territorios Forales de Álava, Guipúzcoa, Vizcaya y Navarra
Descarga renta_2018_cuota.pdf (229.64 KB)