El
desarrollo de las telecomunicaciones y de las comunicaciones móviles en particular ha
encontrado una gran aceptación en la sociedad actual, y produce unos beneficios para el
desarrollo de la Sociedad de la Información que son innegables. Estos beneficios están
ampliamente contrastados y son de conocimiento general por la sociedad.
Sin embargo, desde hace unos meses se percibe en España una creciente preocupación de
los ciudadanos basada, entre otros elementos, en la incertidumbre que les suscita la
exposición humana a los campos electromagnéticos producidos por las estaciones base
utilizadas en comunicaciones móviles.
Lo más preocupante de la situación creada es que la mayoría de las veces se está
abordando un tema tan complejo como éste desde posiciones de simples opiniones, que
olvidan los importantes esfuerzos investigación científica, políticas públicas
en el área de la salud, creación de normativas técnicas de seguridad de terminales e
instalaciones radioeléctricas, etc. que desde hace años se llevan realizando en
muchos países, en la Unión Europea y en organismos internacionales.
La percepción del riesgo existente en la sociedad española, superior a la de otros
países, es actualmente muy alta por motivos ajenos al factor de riesgo en sí. Estos
motivos son, a nuestro juicio, la falta de información de fuentes fiables, la aparición
de artículos alarmistas sin fundamento científico, el desconocimiento de la tecnología
empleada, la difusión en los medios de comunicación social de informaciones
contradictorias y las diferentes posiciones de actores políticos y sociales involucrados:
las distintas Administraciones Públicas, los grupos de presión, y los partidos
políticos.
En España se produjo, además, una situación especial que ha contribuido a agravar la
sobrevaloración del riesgo. Nos referimos al retraso de los organismos públicos
competentes Ministerio de Sanidad y Consumo y Ministerio de Ciencia y
Tecnología en realizar la evaluación del mismo y la regulación relativa a las
estaciones base radioeléctricas.
Para paliar este retraso, el Ministerio de Sanidad y Consumo (MSC) presentó el 11 de mayo
de 2001 las conclusiones y recomendaciones de un estudio encargado a un comité de
expertos relacionados con la evaluación del riesgo de los campos electromagnéticos (CEM)
sobre la salud humana, todos de reconocido prestigio nacional e internacional.
La principal conclusión del trabajo fue que: "a la luz de los conocimientos
científicos actuales se puede afirmar que la exposición a campos electromagnéticos no
ocasiona efectos adversos a la salud, dentro de los límites establecidos en la
Recomendación del Consejo de Ministros de Sanidad de la Unión Europea (1999/519/CE),
relativa a la exposición del público a campos electromagnéticos de 0 Hz a 300 GHz, y
que el cumplimiento de la citada recomendación es suficiente para garantizar la
protección sanitaria de los ciudadanos".
Asumiendo estas conclusiones, el ministerio de Ciencia y Tecnología legisló a finales
del pasado año el Real Decreto 1066/2001 por el que se aprueba el Reglamento de emisiones
radioeléctricas y el pasado mes de enero de 2002 la Orden CTE 23/2002 de comprobación
técnica de emisiones. El conjunto de ambas normas da respuesta a la preocupación puesta
de manifiesto por algunos ciudadanos, asociaciones, corporaciones locales, etc.,
estableciendo unos niveles máximos de exposición del público en general a las emisiones
radioeléctricas acordes, como no debe ser de otra forma, con la Recomendación del
Consejo de la Unión Europea.
En nuestra opinión, y con el cumplimiento riguroso de esta normativa, se dan las
garantías para que la ciudadanía esté tranquila, tanto como lo está cuando bebe agua y
sabe que existe el control sanitario adecuado propio de un país de nuestro nivel.
Quedaría, en consecuencia, el establecimiento de un criterio único en los límites de
exposición para todo el territorio nacional (según el RD 1066/2001) y la definición de
los mecanismos de coordinación entre las administraciones central, autonómica y local.
Esto, unido a que nos toca, como técnicos competentes, certificar las medidas para
tranquilidad del ciudadano, debe permitir el desarrollo del escenario ideal que atempere
la alarma social creada. |