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Plataformas digitales: una invasión de "hongos" y algo más
Ayer fueron las antenas individuales para televisión terrenal, hace muy poco las antenas y torres de telefonía móvil, hoy las antenas parabólicas individuales y muy pronto las redes de cable. Un problema que se acrecienta día a día por la multiplicidad de operadores que conlleva la apertura de los mercados a la competencia y la necesidad de desplegar las nuevas redes de acceso que requieren los servicios avanzados de telecomunicaciones. Si del exterior de los edificios pasamos al interior de las viviendas nos encontramos con otra amenaza, mucho peor, para buena parte de la ciudadanía: la imposibilidad de acceder al conjunto de la oferta de servicios de telecomunicaciones por la inadecuación de las instalaciones internas de los edificios de viviendas colectivas. En efecto, el despliegue de la TV digital por satélite ha puesto de manifiesto, con toda su crudeza, la importancia de los problemas reseñados. De manera telegráfica la situación es la siguiente: Es un servicio recibido con enorme interés por los usuarios, muchos de los cuales verán frustradas sus expectativas de disfrutarlo. La suma de las cifras aportadas por Vía Digital y Canal Satélite Digital sitúan en 300.000 las peticiones a primeros de octubre. Según nuestras estimaciones más del 60% de dichas peticiones proceden de viviendas colectivas. Una agresiva campaña por la captura del abonado de las dos plataformas, que no reparan en realizar la instalación de una antena individual en el balcón o la instalación de una antena parabólica para distribuir la señal por la antena colectiva, sin garantía de que dicha instalación permita la coexistencia de otras plataformas. La firma de acuerdos privados entre comunidades de propietarios y una de las plataformas, por la que dicha plataforma "regala" la instalación colectiva ocupando las canalizaciones existentes e impidiendo, de facto, la recepción de la señal procedente de la otra plataforma. El conflicto entre el derecho individual a la información y los derechos de propiedad colectivos está servido. Esta situación se produce como consecuencia, por un lado, de la ausencia de una legislación actualizada que regule los aspectos técnicos de distribución de las señales en viviendas colectivas y´por otro, de la falta de legislación: Autonómica, cuando está transferida la competencia, y Municipal, en cuanto los ayuntamientos son los últimos y directos responsables del impacto estético de las ciudades. Una situación que preocupa a muchos alcaldes y que puede devenir en la publicación de Ordenanzas redactadas con precipitación y sin cubrir adecuadamente la problemática. Frente a todo ello, y en aras a contribuir a resolver este problema, las juntas del COIT y la AEIT han acordado hacer llegar a los órganos competentes y a la opinión pública en general su posición. Una posición, avalada por un trabajo continuado durante años (ved el artículo al respecto en este mismo BIT), que resumimos en los siguientes puntos: 1º Cualquier actuación que se lleve acabo debe partir del principio de que los usuarios deben poder recibir las señales de televisión analógica y digital con calidad óptima, pudiendo elegir entre los posibles operadores, con el mínimo coste de infraestructura. Todo ello debe hacerse respetando el aspecto estético de las ciudades. 2º Que la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), haciendo uso de las atribuciones que le otorga el Real Decreto-Ley 16/1997 de 13 de septiembre, inicie urgentemente un procedimiento formal de consulta pública para elaborar una circular que contenga las instrucciones pertinentes. 3º Que mientras tanto la CMT convoque a los operadores de TV digital por satélite, fabricantes, colegios profesionales competentes, asociaciones de instaladores, etc., para establecer un "código de conducta" que evite situaciones irreparables. 4º Que el Ministerio de Fomento publique urgentemente la normativa prevista en el Artículo 49 del R.D. 2066/1996. 5º Que los Ayuntamientos redacten las Ordenanzas reguladoras de la instalación de antenas que evite el creciente caos en fachadas, terrazas y tejados. Dichas ordenanzas deberían seguir unas directrices generales homogéneas de ámbito estatal. 6º Que dichas Ordenanzas exijan, para la concesión del Permiso de Obra de todo edificio de nueva construcción, que las instalaciones de Telecomunicación en el interior de edificios respondan a las características de la legislación del Ministerio de Fomento materializadas en un proyecto Técnico redactado por un Técnico Competente y visado por el Colegio correspondiente y que para la concesión de la licencia de ocupación se presente el Certificado de Conformidad de la Instalación, también realizado por Técnico competente y visado por el Colegio correspondiente. 7º Que dichas Ordenanzas establezcan un período transitorio, no mayor de tres años, para la eliminación de las antenas individuales de televisión terrenal y las parabólicas que puedan haberse instalado en las fachadas u otros lugares inadecuados. 8º Que toda esta legislación sea para cumplirla y exigir su cumplimiento. Todo lo anterior redundará, en opinión del COIT, en beneficio para los ciudadanos que no tendrán que invertir en equipos o instalaciones que luego deben cambiar y que podrán disfrutar de la oferta que más les agrade sin estar sujetos a situaciones de dominio por los operadores. Reportará beneficio para las ciudades que recuperarán su estética . Y también se beneficiarán los operadores y proveedores de servicios que accederán con facilidad a un mayor número de usuarios. Ante la desaparición de la DGTel
La explicación oficial sobre las razones que han llevado a nuestros gobernantes a tomar esta decisión es poco convincente. Si bien es cierto que la creación y desarrollo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) y la previsible asunción de ciertas competencias hasta ahora en manos de la DGTel pudiera justificar esta decisión en el futuro, no parece motivo suficiente ni que éste sea el momento más adecuado para un cambio organizativo. En efecto, pendientes de la tramitación parlamentaria de la Ley General de Telecomunicaciones que establecerá el reparto de competencias definitivo entre la CMT y el Ministerio de Fomento y la actual carencia de cuadros técnicos y experiencia de aquella, parece a todas luces una decisión precipitada. Pero es que, dada la actual significación de las telecomunicaciones tanto en el ámbito social como económico, sería razonable pensar en una Secretaría General específica de Telecomunicaciones, fundamentada en un profesional experimentado en el sector, como responsable máximo, y un colectivo de técnicos altamente cualificados, dimensionado y estructurado de acuerdo con las importantes funciones que debe mantener el Ministerio. En nuestra opinión sólo estaría justificada la desaparición de la DGTel si se tratase de un primer paso en la dirección apuntada. Confiamos que así va a ser; las telecomunicaciones lo necesitan. |